miércoles, 14 de septiembre de 2016


El día de hoy fue publicada en el DOF información para poner en marcha el uso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), adicionadas a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) desde marzo de 2016 (DOF 14/03/2016).
La publicación de las Reglas de Carácter General para el funcionamiento y operación del Sistema Electrónico de SAS, da a conocer las reglas con las cuales se regirá la creación de esta sociedad, lo cual podrá ser a través del portal de la Secretaria de Economía, ya no siendo necesario acudir ante un fedatario público, El trámite podrá ser iniciado siempre que se cuente con la autorización de uso de denominación social, junto con la firma electrónica avanzada certificada (FEAC), o en su caso, por un fedatario público.
 
De igual forma se publica un acuerdo para modificar la forma para llevar a cabo las inscripciones en el Registro Público de Comercio y en el Registro Único de Garantías Mobiliarias, con la finalidad de incluir la aplicable a las SAS.
 
Por último, se da a conocer un acuerdo para modificar las disposiciones del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM), para adicionar los actos que deberán ser publicados mediante dicha plataforma y tienen relación con las SAS, tales como:
                   

  • contratos celebrados entre el accionista único y la sociedad (art. 264, LGSM)
  • aviso de suscripción y pago de la totalidad el capital social –deberá hacerse dentro del año siguiente a la          inscripción en el RPC– (art. 265, LGSM)
  • informe anual sobre su situación financiera –se presentará en marzo– (art. 272, LGSM)
  •  
    Todos los ordenamientos reseñados entrarán en vigor a partir del 15 de septiembre de 2016.
     
    Para conocer a detalle tan relevante información, los invitamos a consultar la publicación en el DOF en la siguientes ligas:


    Registro único de garantías inmobiliarias SAS
    Sistema electrónico de publicaciones SAS
    Reglas de carácter general SAS

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