viernes, 30 de septiembre de 2016



MODIFICACIÓN ANEXO 24 RMF 2016



La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la constitucionalidad de la obligación de llevar y proporcionar la contabilidad en medios electrónicos a través de la página de Internet del SAT; sin embargo, declaró que el Anexo 24 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2015 resulta violatorio de la garantía de seguridad jurídica y subordinación jerárquica. 

En dicho precedente la SCJN consideró que la autoridad excedió sus límites al encomendar a “una comunidad internacional” (consorcio W3) y no a una autoridad competente, la labor de desarrollar las disposiciones correspondientes para hacer operativo el sistema, además de que los lineamientos y formatos emitidos por el consorcio W3 se encuentran en idioma inglés,  el efecto del amparo en contra del Anexo 24 la RMF consiste en desincorporar a los contribuyentes de la obligación de atender a los lineamientos técnicos de forma y sintaxis para la generación de archivos XML, hasta en tanto el SAT formulara y publicara en alguno de los medios a su alcance los lineamientos a seguir para la generación de archivos XML en idioma español.

En este orden de ideas se publicó en la página de Internet del SAT una actualización de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, a través de la cual se modificó el referido Anexo 24 y se publicó un Anexo Técnico relacionado con el mismo.

De la revisión al referido Anexo, se advierte que se eliminó la remisión directa que se hacía a los lineamentos técnicos de forma y sintaxis para la elaboración de los archivos XML especificados por el consorcio W3, remitiéndose ahora a un documento técnico publicado por el SAT denominado “Contabilidad en medios electrónicos - Anexo Técnico”.


En el propio Anexo Técnico se señala que los lineamientos del consorcio W3 corresponden a un lenguaje de programación que no pueden traducirse a la forma y sintaxis de otro idioma como el español, ya que dicho lenguaje de programación es de uso exclusivo de los sistemas informáticos y no para uso del contribuyente, basándose dicho documento en diversas opiniones emitidas por las empresas IBM de México Comercialización y Servicios, Servicios Avanzados Oracle y Valores Corporativos Softtek.

En términos de las disposiciones transitorias de la actualización de la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en la página de Internet del SAT, la reforma al Anexo 24 entrará en vigor el 1º de noviembre de 2016.

Si deseas conocer mas sobre dicha publicación te invitamos a visitar el siguiente enlace.


miércoles, 14 de septiembre de 2016


El día de hoy fue publicada en el DOF información para poner en marcha el uso de las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), adicionadas a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) desde marzo de 2016 (DOF 14/03/2016).
La publicación de las Reglas de Carácter General para el funcionamiento y operación del Sistema Electrónico de SAS, da a conocer las reglas con las cuales se regirá la creación de esta sociedad, lo cual podrá ser a través del portal de la Secretaria de Economía, ya no siendo necesario acudir ante un fedatario público, El trámite podrá ser iniciado siempre que se cuente con la autorización de uso de denominación social, junto con la firma electrónica avanzada certificada (FEAC), o en su caso, por un fedatario público.
 
De igual forma se publica un acuerdo para modificar la forma para llevar a cabo las inscripciones en el Registro Público de Comercio y en el Registro Único de Garantías Mobiliarias, con la finalidad de incluir la aplicable a las SAS.
 
Por último, se da a conocer un acuerdo para modificar las disposiciones del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM), para adicionar los actos que deberán ser publicados mediante dicha plataforma y tienen relación con las SAS, tales como:
                   

  • contratos celebrados entre el accionista único y la sociedad (art. 264, LGSM)
  • aviso de suscripción y pago de la totalidad el capital social –deberá hacerse dentro del año siguiente a la          inscripción en el RPC– (art. 265, LGSM)
  • informe anual sobre su situación financiera –se presentará en marzo– (art. 272, LGSM)
  •  
    Todos los ordenamientos reseñados entrarán en vigor a partir del 15 de septiembre de 2016.
     
    Para conocer a detalle tan relevante información, los invitamos a consultar la publicación en el DOF en la siguientes ligas:


    Registro único de garantías inmobiliarias SAS
    Sistema electrónico de publicaciones SAS
    Reglas de carácter general SAS

    lunes, 12 de septiembre de 2016

    EFECTO DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO CONTRA EL ANEXO 24

     



    EFECTO DE LA SENTENCIA QUE CONCEDE EL AMPARO CONTRA EL ANEXO 24





    El día de hoy se publicaron en el Semanario Judicial de la Federación las tesis relativas a los efectos derivados de la concesión del amparo, en relación con la obligación de proporcionar la contabilidad electrónica de forma mensual a las autoridades fiscales a través de la pagina de Internen del SAT.
    Se advierte que la resolución de la SCJN constituye un precedente aislado, el cual no resulta obligatorio hasta en tanto no se constituya Jurisprudencia, por lo que es probable que la Segunda Sala de la propia SCJN en las próximas sesiones listen asuntos del mismo tema a efectos de generarla.